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LA JUSTICIA FALLO A FAVOR DE PROTEGER LAS ISLAS SANTIAGO Y PAULINO

10.03.2025

Frente a un reclamo judicial de la ONG Nuevo Ambiente, el Juzgado Contencioso Administrativo 2 de La Plata, condenó a las Municipalidades de Berisso, Ensenada y a la Provincia, a instrumentar en 60 días la confección y aprobar el Plan de Manejo de las Islas Santiago y Paulino. Desde el espacio mostraron su satisfacción con el fallo que viene a hacer cumplir la ley 12.756, luego de 23 años y muchos reclamos, protegiendo en mejor forma a todo el Monte Ribereño.

Cabe señalar que las Islas Santiago (Ensenada) y Paulino (Berisso) son áreas que se encuentran declaradas "Paisaje Protegido de Interés Provincial para el desarrollo eco turístico", mediante la Ley 12756. La norma establece que ambos municipios deben confeccionar un plan de manejo conservacionista de dicha área protegida.

Sin embargo, a 23 años de sanción de la ley, y pese a los muchos reclamos realizados, el Plan de Manejo no existía, y por eso Nuevo Ambiente decidió pedir a la justicia que intervenga.

En ese sentido, desde Nuevo Ambiente señalaron que "la creación de este área protegida tuvo como fundamento principal la preservación de la selva y monte ribereño poniendo un límite a la sustitución y desmonte producidos por la urbanización, y dada la importante biodiversidad que posee, estando en peligro por el desmanejo y avance de construcciones sin ningún tipo de criterio, ni respeto al ambiente natural y sin estudios serios sobre la capacidad de ocupación que puede soportar las Islas y sus posibles impactos negativos hacia el ambiente y la calidad de vida"

Por ese motivo, para el espacio "el fallo es muy importante, pues no solo viene a exigir que se cumpla la ley, sino que se pone a la vanguardia de la conservación y preservación integral del paisaje natural, geomorfológico, histórico y urbanístico de la zona".

"Como venimos alertando – continuaron- durante 23 años las administraciones municipales y la provincia omitieron cumplir la ley".

Hoy el fallo de la Dra. María Ventura Martinez, hace lugar a nuestro reclamo, remediando la situación y obligando a los municipios de Berisso, Ensenada y la Provincia "a en el plazo de 60 (sesenta) días desde su firmeza, instrumenten los mecanismos adecuados a fin de confeccionar y aprobar un Plan de Manejo de dicha área, el cual deberá cumplir, como mínimo, los requisitos establecidos en el art. 9 de decreto reglamentario n° 2314, a los fines de su protección y conservación y la armonización de las actividades desarrolladas por el hombre en el lugar para que, posteriormente, se proceda a verificar su cumplimiento (arts. 5, 9 y concs. de la ley 12.704; 5.3, 9 y concs. del DR 2.314/11; 28 y concs. de la Constitución Provincia de Buenos Aires, ley 11.723; ley 25.675; 41 y concs. de la Const. Nac.)."

Sin lugar a dudas- finalizaron desde Nuevo Ambiente – esta sentencia "es un muy importante logro para la comunidad toda, pues alienta a defendiendo los derechos y la preservación de nuestro ambiente en general. También es un llamado a que los gobiernos municipales y la provincia tomen conciencia, del valor de respetar las legislaciones ambientales vigentes, y que deben no sólo arbitrar las medidas pertinentes para evitar la degradación, sino ser custodios de estos espacios de importancia biológica"